22 De la Hera, Alberto, El regalismo borbónico en su proyección indiana (Madrid, Ediciones Rialp S.A, 1963), p. 128. Cuba, oficialmente República de Cuba, [1] es un país soberano insular, asentado en las Antillas del mar Caribe.El territorio está organizado en quince provincias y un municipio especial con La Habana como capital y ciudad más poblada.. Cuba es uno de los trece países que forman la América Insular, Antillas o islas del mar Caribe, y uno de los treinta y cinco del continente … La Edad Moderna es el tercero de los periodos históricos en los que se divide convencionalmente la historia universal, comprendido entre el siglo XV y el XVIII.Cronológicamente, alberga un periodo cuyo inicio puede fijarse en la caída de Constantinopla (1453) o en el descubrimiento de América (1492), y cuyo final puede situarse … Dicho proceso, en el mundo hispanoparlante, hunde sus raíces en el siglo XVIII, en la política borbónica. No era lo que ocurría en el Perú, donde el órgano responsable del cobro era el cabildo eclesiástico94. 3. Gran parte de estos cambios buscaban instituir una Iglesia gobernada por los obispos en conjunto con el monarca, acorde con el ideal de disciplina y organización de la Iglesia primitiva, aquella a la que el Papa paulatinamente habría usurpado atribuciones. Esta propuesta fue objeto de debate. Como ya se mencionó más arriba, el siglo XVIII vio nacer la doctrina de la separación de la Iglesia y el Estado, la que no fue ajena a América. Dicho sistema fue puesto en tela de juicio por la Ilustración. TEMA: “Matriz de planeación de la mejora de la calidad.” westermeyer.felipe@gmail.com. El sugirió concientizar a los obispos, cabildos y prelados para que ellos asumiesen el recaudo de las donaciones. Dio la excusa de los americanos volver a pedir la exclusividad67. Sostuvo que la religión debía ser el elemento de unidad de la nación española por antonomasia. La idea era no proveer cargos vacantes a menos que esa provisión fuese indispensable para el culto divino. Su aplicación generó algunos tumultos, que atemorizaron al clero poblano. A diferencia de las anteriores, esta buscaba introducir modificaciones de fondo en la administración de la Iglesia indiana, partiendo de la base que la repartición del diezmo permitía vivir dignamente a todos los miembros de la Iglesia. Tales posturas se manifestaron a raíz de situaciones muy concretas. Otras reformas como la introducción de una libertad de imprenta limitada, tocaron a la Iglesia. Muestra de ello es que tuvo que recibir sanción legal en la década de 1860 para garantizar el respeto a los mencionados aspectos de la libertad. 1 Para una sucinta y clara explicación de este sistema véase Campenhausen, Axel Freiherr von und De Wall, Heinrich Staatskirchenrecht (4° Auflage, München, Verlag H. Beck, 2006), pp. 78 El Consejo de Estado, órgano típico de la monarquía, fue visto como una reacción frente al autoritarismo borbónico. Él había abandonado tempranamente Perú, y la de Mendiola, por corresponder a la realidad novohispana. En esta sección te mencionaremos todos los temas de personal social que te compartimos en este sitio web educativo y las agrupamos según las edades de los niños de preescolar, esperamos que te ayuden bastante estos materiales educativos.. Todos los temas que te presentamos están enlazados al lugar donde … Los representes del regalismo estaban por la respuesta afirmativa. Al menos en el caso de Chile, el jurista Juan Egaña Risco, en su Memoria política sobre si conviene a Chile la libertad de culto (Santiago de Chile, Imprenta de la Independencia, 1825), diferencia entre el culto público de cualquier otro credo, prohibido, y el respeto a la libertad de conciencia y pensamiento, sagrada e inviolable. PROCESO DE ATENCIÓN DE ENFERMERÍA (P.A.E). VALORACIÓN DIAGNÓSTICO PLANIFICACIÓN…. INTRODUCCION Derecho canónico indiano (Valparaíso, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, 2014), p. 312. El derecho canónico en Chile. Discusiones constitucionales de carácter general acerca del real patronato. Lo que lo diferenciaba de los consejos de la dinastía Habsburgo era que este tendría una labor gubernativa, no consultiva. Esa intervención confundió el pago del diezmo con el de otras donaciones y la mayor o menor opulencia de las parroquias con la cantidad percibida. Como dice Carlos Salinas, a lo largo del siglo XIX el Estado confesional reemplazará al Estado misional en la América hispanoparlante115. La distancia respecto a la Santa Sede y la vastedad de los territorios a evangelizar demandaban la solución de problemas en base a conocimientos que la Santa Sede no tenía. El artículo indaga la pervivencia y el rol que jugaron el derecho canónico indiano y el real patronato en la redacción de la constitución de Cádiz de 1812, buscando la relación de ambos institutos con la cláusula de confesionalidad del Estado de la mentada carta fundamental. Por momentos parecía que se renunciaba a la bendición por un plato de lentejas. Damos a conocer el notable desarrollo técnico e iconográfico que alcanzaron los grabados rupestres de Nocui (región de Coquimbo, Chile), confeccionados desde inicios del Alfarero Temprano (ca. La humanidad, el género humano, sobre el que descansan todos los elementos de la sociedad, incluidas las creencias de la sociedad. Dougnac Rodríguez, Antonio, La producción canonista italiana en dos pensadores hispanoamericanos de comienzos del siglo XIX: el chileno Justo Donoso y el peruano Francisco de Paula González Vigil, en RChHD. Partiendo de este esquema conceptual, analizamos ambas instituciones en conjunto. Para Morales no era misterio que dicha medida deslegitimaría al proyecto constitucional gaditano y que los sectores populares, el campesinado y el indígena percibirían tal medida como abuso, opresión y amenaza46. 279-313. No en pocas ocasiones se pensó en echar mano a los bienes de la Iglesia en España e Indias. 14 Dougnac Rodríguez, Antonio, La producción canonista italiana en dos pensadores hispanoamericanos de comienzos del siglo XIX: el chileno Justo Donoso y el peruano Francisco de Paula González Vigil, en RChHD. 5. En material de derecho procesal, el derecho canónico indiano disponía que todas las causas terminaran en América, apelándose la sentencia del metropolitano no al superior sino al más cercano. ÍNDICE Es así como en cada Estado se desarrollaron distintos modelos de cooperación entre la Iglesia y el Estado, como el real patronato en España y el Staatskirchentum1 en Alemania. Al cabo de unas semanas toda esta discusión volvió a foja cero, pues la medida que la motivó, la suspensión del otorgamiento de las plazas vacantes, quedó sin efecto por resolución de las mismas Cortes64. Mendiola fundamentó esa postura en la letra de las constituciones del III Concilio mexicano, y en su aprobación tanto por la Santa Sede como por la Corona86. monía de la Corona y la religión católica, en la espada y en la cruz, derivó en la violencia y en numerosos atropellos sobre la población indígena del con-tinente. El concepto de una América culturalmente «latina» por oposición a otra América «anglosajona» fue introducido por el político y economista francés Michel Chevalier en Cartas sobre América del Norte, [22] un libro que publicó en 1836 tras viajar por los Estados Unidos, México y Cuba, aunque sin usar la expresión «América Latina», contraponiendo a una America descendiente … CENTRO INCA LTDA. Un mes más tarde esa repartición hizo llegar sus objeciones. Dicha línea argumentativa recuerda de manera asidua a la voz justicia, como un reconocimiento a la labor de la Iglesia en material spiritual, como una matización de la idea de concesión graciosa del monarca. Esa doctrina estaba presente en la América indiana a fines del siglo XVIII28. Palabras clave: Constitucionalismo gaditano – Derecho canónico indiano – Real patronato – confesionalidad del Estado. En este caso, los 4/9 estaban destinados al sustento de los clérigos en general, olvidando que esa porción de la masa decimal estaba dirigida a la administración de los sacramentos. En los hechos el único criterio para su otorgamiento era el arbitrio y componendas motivadas por intereses mezquinos. [15] [16] Es miembro de la Comunidad Andina y está organizado en veinticuatro provincias.. Limita al norte con Colombia, … Todas esas instituciones se vieron sujetas a un proceso de cambios propios del establecimiento de un nuevo orden. Subrayó que el doctrinero y su “interés” llegaban a lugares dónde ni el subdelegado ni el jefe de partido jamás habían llegado. En último caso, Morales pidió eximir de este pago a las parroquias. Derecho canónico indiano (Valparaíso, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, 2014), pp. Este artículo parte de la periodización creada por los arqueólogos Gordon … 15 Dougnac Rodríguez, Antonio, Manual de historia del derecho indiano (México, Universidad Nacional Autónoma de México, 1994), p. 311. Una respuesta afirmativa a las interrogantes formuladas nos conduce a pensar en el derecho canónico como material susceptible de regulación en la constitución. El diputado Inca planteó que por el hecho de ser desde ese momento el diezmo obligatorio para los indígenas, su masa se acrecentaría y con ella bastaría para pagar las congruas, aunque tal situación no sucedería sino antes de dos o tres años. En marzo de 1812 se acordó fundar el obispado de El Salvador, sufragáneo del de Guatemala. El Derecho canónico en Chile. Hace una precisa descripción del perfil de la mujer cuidadora en cada una de las etapas de la historia, profundizando sobre los aspectos relacionados…. ¿Renunciaron las Cortes a los objetivos evangelizadores del derecho indiano?8 Partiendo de la base que efectivamente hubo cambios institucionales, ¿cómo se usó el derecho canónico indiano? Todos los errores son única y exclusiva responsabilidad del autor. Dougnac Rodríguez, Antonio, Manual de historia del derecho indiano (2ª edición, México, McGraw-Hill, 1998). También se citaron prohibiciones para los príncipes consagrados en el III concilio Lateranense. Las actas muestran que entre los diputados primó la idea de que los eclesiásticos debían abocarse al ejercicio de sus ministerios, siendo tarea del Estado ayudar a la Iglesia a conservar su disciplina13. Bravo Lira, Bernardino, El Estado misional, una institución propia del derecho indiano, en Estudios en honor de Alamiro de Ávila Martel. Tamaña referencia nos permite usar el libro mencionado por el profesor Dougnac como base para caracterizar el derecho canónico indiano, sin temor a ser poco rigurosos. La discusión se trató de zanjar suspendiendo la provisión de cargos en España y América mientras una comisión se encargaba de estudiar el alcance de las bulas que otorgaron ese derecho al rey32. CENTRO INCA LTDA. La historia del arte es el relato de la evolución del arte a través del tiempo, entendido como cualquier actividad o producto realizado por el ser humano con finalidad estética o comunicativa, a través de la cual se expresan ideas, emociones o, en general, una visión del mundo, empleando diversos recursos, como los plásticos, lingüísticos, sonoros o mixtos. Ambos reivindicaban la persona humana en cuanto individuo frente al Estado, enfocándose el primero en la libertad religiosa y el segundo en la libertad de conciencia y de pensamiento. Ese diputado hizo presente que gran parte del diezmo quedaba en manos de los obispos y cabildos eclesiásticos82. La historia del Perú es la historia del territorio del actual Perú, que abarca desde los restos más antiguos de ocupación de los humanos hasta nuestros días.Los primeros grupos humanos llegaron hacia fines de la glaciación wisconsiense (XI milenio a. C.) como cazadores-recolectores (periodo lítico).Sus descendientes empezaron a desarrollar la horticultura hacia el VIII milenio … Dichos modelos significaron configurar una nueva relación entre el Estado, el individuo y la sociedad. En general, el cirujano (barbero, arreglador...) ha sido considerado el técnico, mientras el médico (más relacionado históricamente con el sacerdote o el chamán) era el auténtico sanador.Durante el desarrollo de la medicina moderna, la enseñanza … Universidad de Chile. Debido a su originalidad, las periodizaciones históricas usadas en Europa no se corresponden con la historia del ser humano en América, razón por la cual la historiografía y la antropología americanas crearon periodizaciones adecuadas a la realidad americana. 34 Obispos y cabildos eclesiásticos se llevaban la parte del león. Al ser su fin era la evangelización, esa vacancia perjudicaría el culto53. ETAPAS Después de presentar un candidato a la Santa Sede, solicitaba al cabildo eclesiástico de la catedral que nombrase a esa persona de manera interina; pues el no tenía las atribuciones para hacerlo directamente. Anales de la Universidad de Chile, 5ª serie, N° 20 (Santiago de Chile, 1989), pp. Este se dividía en cuatro partes, quedando una para los obispos, otra para los cabildos eclesiásticos34 y de la otra mitad se hacían nueve partes, novena y medio para la construcción de nuevas iglesias, novena y medio para hospitales, dos novenos para el monarca y los otros cuatro novenos, llamados beneficiales en el tercer concilio mexicano35, estaban destinados al pago de curas y ministros con ocasión de la administración de los sacramentos36. UNIDAD 1 CONTEXTO HISTORICO DE LA PROFESION DE ENFERMERIA. Sin su apoyo, ninguna medida de ese tipo podía producir efectos48. Un análisis detallado de las reformas legales y las discusiones sostenidas en el seno de las Cortes da una opinión distinta. La oportunidad la dio el obispo de Valladolid de Michoacán, Manuel Abad y Queipo, quien solicitó se le pagase la renta desde la toma de posesión del obispado. Dichos sacerdotes son una de las instituciones más representativas del Estado misional indiano79. Abogado. El fundamento legal, aparte de las citadas normas, lo encuentra en las ordenanzas de intendentes, y en los artículos 150 y 166 del Código Carolino de 178290. RESUMEN. Ayudante de Historia del Derecho. ¿Hubo una efectiva primacía de las ideas regalistas o se hicieron valer distintas interpretaciones de la relación entre la Iglesia y el Estado? INTEGRAL Y RELACIONAR EL CONCEPTO DE SALUD Y LOS CUIDADOS, DESDE UNA PERSPECTIVA HISTORICA, PARA COMPRENDER LA EVOLUCION DEL CUIDADO DE ENFERMERIA. Anales de la Universidad de Chile, 5ª serie, N° 20 (1989). El problema es que dicho criterio nunca había sido seguido58. El diputado peruano indicó que esa norma era transgredida pues cada nuevo obispo llegaba con un séquito de personas de su absoluta confianza. Concretamente, lo que se discutió fue si el Consejo de Regencia era el órgano competente para nombrar empleados eclesiásticos. Tal tarea se volvería una prioridad para los publicistas del siglo XIX. Con una visión muy dieciochesca y regalista, se sostuvo que el diezmo era parte de la soberanía real. 1.4 EDAD MEDIA: INFLUENCIA IDEOLOGICO…. Más de algún diputado americano presto su asentimiento, en aras del nuevo trato social que se estaba celebrando en las Cortes41. Se basaba en la práctica conocida como gobierno de los presentados112. 1. Para ello argumentó que el privilegio de nacimiento era propio del derecho canónico, de las Partidas y del derecho indiano en Rec. Ellas son llamadas en esa carta “privilegio”. Un análisis detallado del derecho canónico indiano excede por mucho los fines de este modesto artículo. Derecho canónico indiano (Valparaíso, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, 2014), pp. Donoso, Justo, Instituciones de derecho canónico americano escritas por el Rev. La Corte, en calidad de detentadora de la soberanía, ejerció las atribuciones que a ese respecto contemplaba el derecho canónico indiano, remitiendo el acuerdo de fundación a la Regencia para su implementación104. bohío (voz de las Antillas): cabaña de América, hecha de madera y ramas, cañas o pajas y sin más respiradero … Entre las primeras se puede mencionar la que verso sobre la fiscalización de la pronta administración de justicia. El derecho canónico indiano gozaba de un alto grado de legitimidad social en América, como parte de la vida religiosa. El derecho canónico indiano fue hecho valer en las Cortes. El pasado jueves dia 10 de noviembre tuvo lugar la inauguración de la clínica dental del Dr. Estanislao Planas. (1960), pp. 83 Ibíd. (Madrid, 1960). También emplea la voz justicia como sinónimo de dignidad, fundamento de lo que hoy se conoce como derechos fundamentales. Rechazó la costumbre contra ley. Ind. Son reconocidos, aunque sin mención expresa en la carta fundamental. Expresión jurídica de esa interpretación histórica y jurídica fueron los recursos de fuerza y protección, cuyo fin era resguardar la disciplina intraeclesiástica y proteger a la Iglesia nacional frente a intervenciones foráneas. El quipu (el nombre es derivado del vocablo quechua khipu, que significa nudo, atadura, lazada) [1] fue un instrumento de almacenamiento de información consistente en cuerdas de lana o de algodón de diversos colores, provistos de nudos, usado por las civilizaciones andinas.Si bien se sabe que fue usado como un sistema de contabilidad y almacenamiento de relatos épicos de … Historia del Estado en Iberoamérica (1511-2009), (Santiago de Chile, Abeledo Perrot LegalPublishing, 2010), pp. ¿Que es el proceso de enfermería? Era el monarca el que lo había cedido de manera graciosa99. El Sistema Educativo Nacional de Guatemala es el conjunto ordenado e interrelacionado de elementos, procesos y sujetos a través de los cuales se desarrolla la acción educativa, de acuerdo con las características, necesidades e intereses de la realidad histórica, económica y cultural guatemalteca, según su definición en el artículo 3 de la Ley Nacional de Educación, … 112 Tal práctica consistía en que como el monarca no podía nombrar a las autoridades superiores de cada iglesia. 2000 AP) pero mayormente desarrollados por los diaguitas hasta tiempos tardíos (1000-1536 DC).Su análisis establecerá que el referente serpentimorfo expresa … Desde ese momento el real patronato era una manifestación del poder real, no del papal. Aunque tímida y minoritaria, la doctrina de la separación de la Iglesia y el Estado está representada en las Cortes, y por personeros del mundo indiano. Tampoco veía viable el pago con cargo a los 4/9 destinados a la administración de los sacramentos pues la agricultura peruana reclamaba una serie de reformas para poder acrecentar el monto de los diezmos. Hizo presente que tales normas iban contra “las leyes divinas y humanas”. Sin embargo, esta no se propaló rápidamente. 63 Diario de las sesiones de las Cortes, II, p. 862. La comisión redactora del proyecto de constitución estimó que el primer caso era competencia del monarca y de las Cortes; el segundo del rey, previa consulta al Consejo de Estado y el tercero, de volverse contencioso, del tribunal. El proyecto constitucional era aún débil. Algunas de estas discusiones tocaron al patronato de manera tangencial y otras de manera directa. La idea es fundar algo nuevo. Esa idea de justicia está muy cerca del concepto de derecho de gentes. La colonización europea de América empezó a finales del siglo XV después de que Cristóbal Colón llegara al continente en 1492 con el apoyo de la Corona de Castilla.A partir de ahí, los imperios de España, Portugal, y desde comienzos del siglo XVII, Inglaterra (1608), Francia (1609) u Holanda (1625), conquistaron y colonizaron una gran parte del territorio americano. BARRANQUILLA Las normas que motivaron esa presentación derogaban esos privilegios, impedían la correcta evangelización y violentaban a la sociedad entera. En la práctica era un préstamo forzoso, una exacción cuyo resarcimiento quedaba sujeto a los albures propios de la guerra. CUIDADOS POSTOPERATORIOS Casos similares motivaron reformas en el sistema de rentas. El tenor literal de dicha cláusula, modelo para diversas constituciones americanas6, parece muy lejano a los modelos constitucionales actualmente vigentes en Occidente. Con ello la comisión ratificó su propuesta inicial, pero al acoger los criterios emanados de hacienda dejó el tema abierto. 1, 3, 1562 y posteriormente reiterado por los reyes católicos, al erigir el obispado de la isla Española. La constitución en el orbe hispánico (1808-1826), en Colección Bicentenario de las Cortes de Cádiz (España, Congreso de Diputados, 2012). 99 Diario de las sesiones de las Cortes, IV, p. 2.769. (n. 8). Al día siguiente, el diputado por Guadalajara José Simón Uria y Berruec continuó desarrollando la postura de Guridi y López. 1.1CONTEXTO SOCIO PROFESIONAL DE LA ENFERMERIA, FACTORES QUE CARECTERIZAN SU MARCO DE REFERENCIA PROFESIONAL. Estas normas contenían un orden de prelación: los hijos de los conquistadores, luego los pobladores y por último los naturales60. Otra de las reglas especiales, era la de juntarse cada 12 años20. En la Francia revolucionaria se fundó un Estado laico, con una política de abierta hostilidad hacia la Iglesia. 03 Todos reconocieron el alto grado de legitimidad social y las enormes facultades del obispado indiano. Ese derecho canónico indiano representa una adaptación de los principios y fines del derecho canónico a una realidad social y cultural distinta a la del viejo continente. De ellas solo cinco tenían una planta de 26 prebendas, 17 entre 10 y 19, 20 de 2 a 9, mientras Nueva Segovia, Nueva Cáceres, Sonora, Cebú y Mainas no poseían prebenda alguna asignada54. Él explicó estas diferencias con las siguientes palabras: “Entiéndase, para ahora y en adelante, que los reinos de América son tan varios en sus posiciones como en sus climas, frutos, usanzas, virtudes y vicios, exigiendo variedad de reglamentos como lo evidencian la Recopilación, ordenanzas de intendentes y minería, muchas cédulas y reglamentos particulares”92. Varios vieron ahí la introducción de la libertad de culto. La única posibilidad para lograr disponer de esos medios era encargando una gestión conjunta del cabildo eclesiástico y el obispo. En medio de las discusiones legislativas tendientes a determinar qué atribuciones tenía el Consejo de Regencia hubo voces que mediante cuestionamientos basados en las atribuciones indiscutidas del real patronato rechazaron la recepción de los postulados regalistas. No podía permitirse perder apoyo social. Esa larga vigencia del derecho canónico indiano explica la alegación de usos, prácticas y costumbres como norma vinculante. Uno de ellos fue la Iglesia católica, tanto en lo jurisdiccional como en lo patrimonial10. Por todo eso, de una pronta solución dependía la estabilidad política del Perú89. Tal situación se puede explicar por la ausencia de una figura eclesiástica que le sirviese de control y contrapeso. De esa doctrina se deducía que “de ambas leyes, temporal y eclesiástica, se forma una república sin perjuicio alguno de las partes”25. Tal situación tiene una explicación geográfica. Figuras como el prelado inferior y el abad mitrado no se conocieron en Indias. 7. DEFINICIÓN Derecho canónico indiano en la obra de Justo Donoso. Lorente, Marta y Portillo, José María (dirs), El momento gaditano. Correspondencia: Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales. Entre las facultades patronales indiscutidas que contemplaba ese estatuto se pueden nombrar la fundación y dotación de Iglesias, la presentación de candidatos, el cobro de los diezmos o derecho decimal, la creación de diócesis y la fijación de sus límites. Si bien se acordó que se hablase de presentación, se concordó que las Cortes, por la circunstancia de detentar la soberanía, tenían derecho a intervenir en el nombramiento de los empleos eclesiásticos. Ese motivo, unido a la declaración de igualdad hecha por las Cortes, llevó al diputado por Durango Juan José Guerena a proponer que el único criterio fuese el mérito y que toda vacante en Europa o América, fuese provista indistintamente en peninsulares o americanos59. Esas ideas quedaron plasmadas en la redacción del Código Carolino, el que inclusive concluyó que al rey correspondía presentar a los candidatos para los empleos eclesiásticos sin decir nada acerca de los requisitos que debían cumplir los candidatos27. En el siglo XIX y parte del XX la enfermería fue transformada, pues paso de ser una tarea meramente de caridad a ser mas profesional y buscando una remuneración. Eso no pasaba en Perú, donde la corona lo había cedido a obispos y cabildos eclesiásticos98. El citado académico postula que el Estado dicta normas que integran su derecho eclesiástico de manera unilateral o de acuerdo con las confesiones religiosas. Esta discusión muestra dos aspectos que caracterizaron a las Cortes a la hora de discutir la realidad Indiana: si bien existía conciencia acerca de las peculiaridades y diferencias respecto a España, el cúmulo de tareas que demandaba sentar las bases de un nuevo orden social no permitió que los diputados entendiesen a cabalidad qué medidas eran realmente importantes. Ni abrazó propuestas revolucionarias ni renunció a la posibilidad de introducir importantes reformas en la Iglesia y en la vida religiosa, fuese por medio de reformas en materia eclesiástica o como consecuencia de la fundación de un nuevo orden. En lo que respecta a los sínodos de cada diócesis, en ellos participaban el cabildo de la catedral, los párrocos y clérigos beneficiados y los regulares que servían un curato. Este, como persona consagrada a la Iglesia, debía ser un dechado de virtudes. 1.1. De ahí que esta medida provocase tanta resistencia. Morales Duarez agregó que si bien las leyes escritas no eran del todo claras, existía el “derecho de los naturales” recogido por el derecho canónico a través de los concilios, resoluciones pontificias y sínodos y por el testamento de Isabel la Católica, que a su vez disponía que se prefiriese a los hijos de los conquistadores, cuya voluntad había sido, según Solorzano, recogida por sus sucesores72. 21 Atendidas las obligaciones emanadas del real patronato es entendible que la corona interviniese en la creación de una nueva diócesis. En esta primera etapa los cuidados se desarrollan formando parte de la historia de la atención a la salud de la época, comprendiendo desde las primeras civilizaciones hasta la caída del Imperio Romano. El contacto con los europeos causó una fuerte caída demográfica en las décadas posteriores a la conquista, principalmente debida a las enfermedades epidémicas del Viejo Mundo, [6] [7] que se estima, para 1595, entre el 22% y el 95% de la población de 1519. Nadie estaba mejor calificado para ser ministro de fe en material civil o electoral que el párroco103. Su postura fue que la primera solo estaba obligada en la medida en que cobraba, administraba y se hacía dueña del diezmo. Agregaron que la usanza del real patronato respecto a las vacantes catedralicias era de la más absoluta libertad de decisión. No se quiso discutir una reforma a las facultades de los obispos78. En este trabajo pretendemos entrar en otra faceta. Pese a ser un tema muy relevante en aras de un nuevo trato entre americanos y peninsulares, una discusión sistemática al respecto del rol pastoral y evangelizador del Estado no estuvo en la agenda de las Cortes sino después de un año de entrar en funciones. La independencia de las trece colonias norteamericanas y la revolución francesa implementaron nuevos modelos de relación entre Iglesia y Estado. El diputado por la ciudad de México José Ignacio Beye de Cisneros la consideraba inútil por repetitiva e ilusoria56. En el papel, eso fue lo que ocurrió en la Constitución de Cádiz, mas no en los hechos, atendido a que por vía legislativa, el Estado misional siguió vivo, teniendo plena vigencia a través de instituciones como los curas de indios o doctrineros. El canonista chileno dijo que existía un pase regio o exequátur con muchísimas excepciones. Recibido el 29 de junio y aceptado 30 de julio de 2016,  Todo el contenido de esta revista, excepto dónde está identificado, está bajo una Licencia Creative Commons, Revista de estudios histórico-jurídicos. Las fronteras de la República de Chile tuvieron como base las de la Capitanía General de Chile, luego de su independencia de la Monarquía española en 1818. 9 En algunos países de habla hispana, dichas cláusulas fueron aparejadas de un esfuerzo por ponderar los derechos individuales con la idea de una religión oficial. Véase De la Hera, Alberto, cit. 6 El profesor Bravo Lira agrega como curiosidad que la proposición de Bolívar de prescindir de esa declaración fue rotundamente rechazada en 1826. Competencia de la Corona era la erección de nuevos obispados21. Quien haya estado en aquellos países conocerá que no hay ejército, por numeroso que sea, que tenga tanta fuerza e influjo como los obispos, y esta será tanto mayor, cuanto sea su dignidad, su literatura y sus costumbres”39. El concepto de aimara aparece definitivamente durante el Virreinato y, salvo raras excepciones, no fue utilizado para identificar sociopolíticamente a ningún grupo poblacional de esa zona de los Andes. Esta propuesta fue acogida favorablemente, a tal punto que el diputado por Valencia Joaquín Lorenzo Villanueva pidió extenderla a España. Lehrbuch aufgrund des Codex Iuris Canonici (München, Ferdinand Schoningh, 1991), p. 5. Dicha decisión generó un conflicto de competencia con el Ministerio de Hacienda en Indias. Cuatro días después esa propuesta fue puesta en tabla. ALUMNA: Nicasio Delgado Paloma de la Paz. La labor evangelizadora reclamaba un nuevo obispado. Habla de constitución, pero como la organización que cualquier sociedad se debe dar a sí misma, sin haber un nexo con el concepto que de este vocablo dio el constitucionalismo. Además comienza la actividad de enseñar y surgen instituciones para el aprendizaje de la enfermería. Se remarcó que el fin del diezmo era la propagación de la fe y que este era originariamente una atribución de la Corona. Paz (coordinadora) Actualizaciones 2002, Enfermería 21, Editorial DAE, Madrid España, 2002. p.p. Sin embargo, los fines evangelizadores siguieron presentes. Dicho diputado indicó además qué casos quedaban dentro del real patronato38. 24 (2013-2014). El diputado Ostaloza planteó el carácter errado de esa tesis. Resumen. Eso no quita la importancia de dar una idea general acerca de cuáles eran las principales características que forjaron esa especialidad dentro del derecho canónico. Su obra Instituciones de derecho canónico americano estaba llamada a darle fama imperecedera por el número de ediciones de las que fue objeto y por su irradiación en toda América hispana”14. Este derecho solo se hace cargo de una parte de la milenaria tradición canónica. Dicha distinción fue recogida, en el caso chileno, por la Constitución liberal de 1828, la que en sus artículos 3° y 4° reconoce ambas situaciones. Su contrapeso y control era la burocracia indiana, en especial el virrey y la real audiencia. Descuidar el pago de los doctrineros era minar las bases de la monarquía y la nación española del otro lado del Atlántico. Texto disponible en página web www.anales.uchile.cl. A medida que las políticas regalistas se hicieron más draconianas, especialmente durante el reinado de Carlos IV, surgieron voces dentro de la Iglesia indiana que clamaron por mayores grados de libertad. Estos modelos pasaron a constituir un sistema: el Estado confesional, basado en la cooperación entre el poder temporal y él espiritual, con un mayor o menor control del primero sobre la vida religiosa de los súbditos. La lista de providencias dictadas en ese sentido era muy larga y ninguna de ellas se había cumplido. 840-841. La participación de todos ellos era consultiva. AUXILIAR DE ENFERMERIA reimp, traducción castellana de Manuel Martínez Neira. En cuanto a los concilios provinciales, entre las particularidades del derecho canónico indiano estaba la asistencia del cabildo eclesiástico en sede vacante y de los procuradores de los obispos impedidos, en ambos casos, sin derecho a voto, junto con la de virreyes y presidentes. Era partidario de aplicar la normativa de los diezmos de acuerdo a su sentido original. La labor evangelizadora demandaba mucho y el monto a repartir por concepto de beneficiales era magro. Como los recursos eran escasos, pronto se habló de hacerla extensiva a América, en aras de la igualdad en la repartición de las cargas públicas40. Entre las segundas, muchas tuvieron relación con los apremios económicos producto de la guerra. En aras de una optimización de los recursos, el representante por Querétaro, diputado Mariano Mendiola Velarde, propuso volver al sistema original, ya que el monto de los diezmos en ese momento sí permitía a los párrocos y sacerdotes vivir dignamente y administrar los sacramentos sin necesidad de esperar una retribución de los feligreses. En ese caso las normas son a la vez confesionales y eclesiásticas. García, José, Diario de las sesiones de las Cortes Generales y Extraordinarias: dieron principio el 24 de septiembre de 1810 y terminaron el 20 de septiembre de 1813 (Madrid, García, José A. Impresor-editor, 1870). Tras la intervención del obispo prior de León hubo consenso en que no era aconsejable aplicar esa medida en Iglesias situadas en poblaciones indígenas. La fórmula gaditana, acorde con lo expresado por el profesor Alberto de la Hera, implicó la identificación de la Constitución con todos los elementos definitorios del catolicismo; es decir, católico, apostólico y romano, la afirmación dogmática de ser el catolicismo la única religión verdadera, la obligación del legislador de prestarle protección a la Iglesia y una doble profesión de fe. OBJETIVOS 5 Los oriundos de una región eran mejores conocedores del dialecto indígena, de las costumbres y necesidades locales. Recién en febrero de 1812 se pudieron uniformar los criterios entre los órganos competentes. Egaña risco, Juan, Memoria política sobre si conviene a Chile la libertad de culto (Santiago de Chile, Imprenta de la Independencia, 1825). El Derecho canónico en Chile. 2.959 ss. Dicha exacción se podría interpretar como una amenaza a la Iglesia en su conjunto. OBJETIVOS…. La administración de los sacramentos siempre debía ser gratuita como “consecuencia del espíritu de la Iglesia en todos los siglos, como lo demostraban los sagrados cánones”37. La sociedad virtual, una sociedad basada en la identidad en línea, que evoluciona en la era de la información. El obispo de Puebla fue responsable de una de esas manifestaciones el año 1799113. Santiago, también conocido como Santiago de Chile, es la capital y ciudad principal de Chile y de la Región Metropolitana de Santiago, de la que además es el centro geográfico y cuya población se concentra en su gran mayoría en la ciudad.Situada a orillas del río Mapocho, Santiago fue fundada por el conquistador español Pedro de Valdivia, bajo el nombre de … Varios canónigos destinados al servicio de catedrales en América no viajaron a sus sedes, infringiendo la obligación de residir en sus diócesis66. En este resumen corto del Imperio inca iremos desglosando, poco a poco, una serie de datos bastante interesantes sobre el origen, expansión y desintegración de esta cultura.. Parece ser que, alrededor del año 900 d.C., se produjo la decadencia de varios reinos en la zona central de los andes, periodo que duraría aproximadamente hasta el año 1200. Referencias…. De ahí que un grupo importante de diputados no sintiese la necesidad de consagrar la tolerancia religiosa como principio fundamental. 4 Bravo Lira, Bernardino, Constitución y reconstitución. El derecho canónico en Chile. Postuló que la única atribución que correspondía al Consejo de Regencia era presentar o proponer un candidato; pero tal propuesta en ningún caso obligaba a la Iglesia111. España, también denominado Reino de España, [nota 1] es un país soberano transcontinental, miembro de la Unión Europea, constituido en Estado social y democrático de derecho y cuya forma de gobierno es la monarquía parlamentaria.Su territorio, con capital en Madrid, [30] está organizado en diecisiete comunidades autónomas, formadas a su vez por cincuenta … Ese derecho está muy estatizado por la corona y se encuentra inherentemente unido al real patronato. MARLEY SARMIENTO ARZUZA AUXILIAR DE ENFERMERIA 3 De la Hera, Alberto, El artículo 12 de la Constitución de Cádiz y la religión católica, en Escudero, José Antonio (ed. 200 años (Madrid, Fundación Rafael del Pino, Editorial Espasa, 2011). Si bien en diversas regiones de América había curas de indios, problemas con el pago de su congrua –que motivaran una discusión en la Corte– hubo solo en Perú. En muchos casos, lo que se prohibió fue el culto público, mas quedó claro que nadie podía ser perseguido por sus convicciones. Orientadora II. De esta forma la cláusula de confesionalidad era la conexión con instituciones y normas que hoy serían derecho eclesiástico o canónico, lo que va mucho más allá del laicismo o la libertad de conciencia, tan propios del constitucionalismo actual. Estas cláusulas, junto con la reclamación del real patronato, son propias y originales del derecho constitucional de la América hispanoparlante5. Sr. d. Justo Donoso (2ª edición, Santiago de Chile, Librería de P. Yuste, 1861-1862). Evaluación 12 Solo San Salvador tenía más de 180.000 habitantes. 249-268. [29] Los españoles entendieron el nombre como «Perú» y de allí proviene el nombre. Morales hizo presente que solo la caja de indios de Lima tenía excedentes. V. Visiones críticas frente al real patronato y al regalismo. 58 Según Cisneros en el obispado metropolitano de México de 29 arzobispos solo uno había nacido en Nueva España y en Puebla, de los 21 prelados, solo 3 eran oriundos de ese virreinato. Esperamos poder realizar dicha investigación en un futuro próximo. MODULO: MEDICO QUIRURGICO Ese conjunto de ideas es conocido como la doctrina del poder indirecto del Estado en lo espiritual24. Dicho impuesto gravaba también a obispos, cabildos eclesiásticos, párrocos, dignidades y comendados de órdenes regulares, contemplando además que se requisase una prebenda, a elección del eclesiástico afectado, cuando este percibiese más de una33. La Constitución en el orbe hispánico (1808-1826), en Colección Bicentenario de las Cortes de Cádiz (España, Congreso de Diputados. 2) ETAPA VOCACIONAL: El nacimiento de Jesús en Judea, en Roma, bajo el gobierno de Cesar, se establece la profesión de enfermería, sustenta su ministerio de caridad, apostolado, vocación de servicio y amor…. La guerra en América estaba desatada. La propuesta, abiertamente regalista, encontró resistencias en el pleno. Dicha postura generó debate; pero no desvió el foco de la atención. 1, 9, 2)110. Ambas intervenciones muestran que el regalismo fue una doctrina imperante pero no la única para abordar el milenario tema de la relación entre el poder temporal y el espiritual. ADIELA CASTIBLANCO Ind. 84 Importante es destacar que en la división del diezmo la discusión se remite al III concilio mexicano, pese a tratarse de un problema que aquejaba a la Iglesia peruana, regida por los concilios limenses. 18 Al ser el derecho canónico indiano un derecho cuya principal fuente de inspiración fue el concilio de Trento, este derecho canónico especial se centró en la figura del clérigo. El obispo hizo presente que la Iglesia indiana había ejercido su ministerio en América en base a un estatus que ahora era abrogado. Luego indicó que era urgente fijar un tributo de carácter supletorio. Campenhausen, Axel Freiherr von und De Wall, Heinrich, Staatskirchenrecht (4° Auflage, München, Verlag H. Beck, 2006). El 4 de agosto de 1811 la comisión de premios de las Cortes propuso recompensar a los defensores de Zaragoza con prebendas y empleos civiles en América75. Pág. Al final, la norma se aprobó, con la excepción de las iglesias de indios y de las parroquias, quedando la implementación de esa norma en manos de una comisión de eclesiásticos49. Varios diputados acogieron la juridicidad de estos argumentos, pero plantearon que el acto jurídico ya era perfecto y por lo tanto producía efectos, por lo que no correspondía revocarlo73. En España abarcaba bulas, breves, gracias, perdones, indulgencias y jubileos108. Salinas Araneda, Carlos, El derecho canónico indiano en la bibliografía de una década: apuntes para un balance, en Él mismo, Estudios históricos. Como los superiores de las congregaciones no se encontraban en América, es entendible que el obispo tuviese también un control disciplinario sobre estos. ), Cortes y Constitución de Cádiz. Fue Joaquín Fernández de Leiva, jurista chileno formado en la Real Universidad de San Felipe, quien cuestionó esa posición. Temas de Personal Social para Inicial o Preescolar. 35 El tercer concilio mexicano tuvo un marcado acento en la educación del indígena, a fin que comprendiese la importancia de cada sacramento y la necesidad de su administración. Aparte de esto, importante es recordar que el derecho constitucional tiene una perspectiva internacional y otra de carácter nacional. Además, nadie conocía mejor la realidad de los aborígenes que vivían en los pueblos de indios. INTRODUCCION En el siguiente resumen se dará a conocer todo el proceso que se dio en la etapa técnica de los cuidados en enfermería, en la cual se ve un gran desarrollo de la profesión gracias a los avances tecnológicos y científicos que se dieron en la época contribuyendo a la mejor calidad sanitaria, de atención y cuidado al enfermo. Este proceso, denominado imperialización de la monarquía católica, significó el cuestionamiento a grupos o instituciones privilegiados, en aras del “interés general del Estado”. Inca propuso su pago con cargo al diezmo, luego con la parte que le correspondía al rey en los novenos y por último por la Hacienda Real (Rec.
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